NUEVA INFORMACIÓN SOBRE LA PESCA DEPORTIVA Y RECREATIVA

La Disposición final segunda de la Orden SND/414/2020, que se ha publicado en el «BOE» núm. 138, de 16 de mayo de 2020, modifica la Orden SND/399/2020, que la prohibía en la fase 1, y ahora si la permite, en concreto el art. 49, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 49. Pesca deportiva y recreativa.

Queda permitida la práctica de la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias.

Esta medida entra en vigor a las 00:00 horas del día 18 de mayo de 2020.

Enlace al texto del BOE

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